El Bendicional, en su número 939, nos recuerda la conveniencia de bendecir los nuevos baptisterios o nuevas pilas bautismales cuando no son movibles:
“Cuando se edifica un nuevo baptisterio
o se construye una nueva pila bautismal, es conveniente que se celebre el rito peculiar de bendición. Pero no debe emplearse este rito si se trata de un recipiente movible…”.
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Alejandro Pérez Verdugo
Delegado Diocesano de Liturgia